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dignidad de las personas con discapacidad

miércoles, 29 de junio de 2011

A/RES/60/232
Asamblea General
31 de enero de 2006
Distr. general
Sexagésimo período de sesiones
Tema 71
05-50155
b) del programa
Resolución aprobada por la Asamblea General
[
sobre la base del informe de la Tercera Comisión (A/60/509/Add.2 (Part I))]
60/232. Comité Especial encargado de preparar una convención
internacional amplia e integral para proteger y promover
los derechos y la dignidad de las personas con
discapacidad
La Asamblea General
,
Recordando
decidió establecer un comité especial, abierto a la participación de todos los Estados
Miembros y observadores de las Naciones Unidas, para que examinase las
propuestas relativas a una convención internacional amplia e integral para promover
y proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad, sobre la base
de un enfoque holístico de la labor realizada en las esferas del desarrollo social, los
derechos humanos y la no discriminación y teniendo en cuenta las recomendaciones
de la Comisión de Derechos Humanos y de la Comisión de Desarrollo Social,
su resolución 56/168, de 19 de diciembre de 2001, por la que
Recordando también
como las resoluciones pertinentes de la Comisión de Desarrollo Social y la
Comisión de Derechos Humanos,
su resolución 59/198, de 20 de diciembre de 2004, así
Reafirmando
de todos los derechos humanos y libertades fundamentales, así como la necesidad de
garantizar a las personas con discapacidad su pleno disfrute sin discriminación,
la universalidad, indivisibilidad, interdependencia e interrelación
Convencida
alentada por el mayor apoyo de la comunidad internacional a una convención de esa
naturaleza,
de la contribución que hará a ese respecto una convención, y
Acogiendo con satisfacción
negociaciones sobre un proyecto de convención,
los progresos hechos hasta ahora en las
Destacando
no gubernamentales y las instituciones nacionales de derechos humanos participen
activamente en los trabajos del Comité Especial, así como su valioso aporte a la
promoción del pleno disfrute de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales por las personas con discapacidad,
la importancia de que las organizaciones intergubernamentales y
A/RES/60/232
2
Subrayando
Comisión de Desarrollo Social encargada de la situación de la discapacidad en la
labor del Comité Especial,
la importancia de la participación de la Relatora Especial de la
Reconociendo
han hecho hasta ahora al Comité Especial,
1.
preparar una convención internacional amplia e integral para proteger y promover
los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad sobre sus períodos de
sesiones quinto
2.
Especial a la Comisión de Desarrollo Social en su 44° período de sesiones y a la
Comisión de Derechos Humanos en su 62° período de sesiones, y pide a ambas
Comisiones que sigan contribuyendo a la labor del Comité Especial;
3.
activa y constructivamente en la labor del Comité Especial con miras a terminar el texto
de un proyecto de convención y presentarlo a la Asamblea General, con carácter
prioritario, para su aprobación, preferiblemente en el sexagésimo primer período de
sesiones;
4.
los recursos existentes y antes del sexagésimo primer período de sesiones de la
Asamblea General, dos períodos de sesiones, uno de quince días laborables, del
16 de enero al 3 de febrero, a fin de hacer una lectura completa del proyecto de
convención que prepare el Presidente del Comité Especial, y uno de diez días
laborables, del 7 al 18 de agosto;
5.
coordinación entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los
Derechos Humanos y el Departamento de Asuntos Económicos y Sociales de la
Secretaría para prestar apoyo técnico a la labor del Comité Especial, y los invita a
facilitar, antes de las reuniones del Comité Especial, documentación de antecedentes
para ayudar a los Estados Miembros y a los observadores en la negociación de un
proyecto de convención, y a organizar, en estrecha relación y sincronía con las
reuniones del Comité Especial y el lugar en que se celebren, reuniones de expertos y
seminarios relativos al proyecto de convención, dentro de los límites de los recursos
existentes;
6.
servicios necesarios para el desempeño de sus funciones y, a este respecto, invita al
Secretario General a que reasigne al Programa de las Naciones Unidas sobre
Discapacidad recursos que le permitan prestar apoyo a las negociaciones sobre un
proyecto de convención;
7.
las personas con discapacidad puedan tener un grado de acceso razonable a las
instalaciones y la documentación de las Naciones Unidas, de conformidad con su
decisión 56/474, de 23 de julio de 2002;
las importantes contribuciones que todas las partes interesadasAcoge con beneplácito los informes del Comité Especial encargado de1 y sexto2;Pide al Secretario General que transmita los informes del ComitéInvita a los Estados Miembros y a los observadores a que sigan participandoDecide que el Comité Especial celebre en 2006, dentro de los límites deSubraya la importancia de seguir estrechando la cooperación y laPide al Secretario General que siga prestando al Comité Especial losDestaca la necesidad de tomar disposiciones adicionales para que todas
_______________
1
A/AC.265/2005/2.
2
Véase A/60/266.
A/RES/60/232
3
8.
dentro de los recursos existentes y en consulta con las organizaciones de las
personas con discapacidad y con la Mesa del Comité Especial, para que algunos
documentos del Comité Especial se suministren en formatos accesibles para los
participantes con discapacidad visual o auditiva;
9.
discapacidad y/o expertos en la materia en las delegaciones que envíen a las
reuniones del Comité Especial;
10.
organizaciones internacionales, las instituciones financieras y el sector privado a
que hagan aportaciones al fondo de contribuciones voluntarias establecido en virtud
de su resolución 57/229, de 18 de diciembre de 2002, con el fin de financiar la
participación de organizaciones no gubernamentales y expertos de países en
desarrollo, en particular de países menos adelantados, en los trabajos del Comité
Especial;
11.
organizaciones no gubernamentales toda la información disponible sobre los
procedimientos de acreditación, las modalidades y las medidas de apoyo para su
participación en la labor del Comité Especial, así como los criterios aplicables a la
asistencia financiera que puede obtenerse a través del fondo de contribuciones
voluntarias;
12.
de sesiones le transmita un informe amplio del Comité Especial y le presente un
informe sobre la aplicación de los párrafos 5, 6, 7, 8 y 11 de la presente resolución;
Pide al Secretario General que estudie y aplique medidas innovadoras,Alienta a los Estados Miembros a que sigan incluyendo a personas conInsta a los Estados Miembros, los observadores, la sociedad civil, lasPide al Secretario General que difunda ampliamente entre lasPide también al Secretario General que en su sexagésimo primer período
69ª sesión plenaria
23 diciembre de 2005

Naciones Unidas

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